¡Nadie puede escapar de los impuestos, ni siquiera el viento! Todos debemos hacer aportaciones tributarias no importa el país en el que estés o la actividad a la que te dediques, así fue como ante varios meses de lucha el Parque Éolico Chubut Norte I, el más grande de Argentina tuvo que comenzar a pagar el impuesto al viento.
Aunque las energías renovables están exentas de algunos impuestos, el Concejo resolvió aplicar una «tasa por habilitación, inspección, seguridad e higiene y control ambiental” por los metros cuadrados de uso, con un tributo que se le suele aplicar a toda empresa.
A pesar de las críticas empresariales, el intendente argentino Gustavo Sastre dio un paso adelante esta semana y estableció una modificación tarifaria en aquella tasa.
Ahora, en vez de pagar una suma por los metros cuadrados, los parques eólicos deberán abonar en función de lo que producen; es decir, una suerte de “impuesto al viento”. Lo que llevará al parque a pagar un monto diez veces mayor que el anterior.
Esto ha aumentado la tensión entre el gobierno y los empresarios, quienes enfatizan que el “aprovechamiento de la energía del viento por el ser humano coincide con el desarrollo de las primeras civilizaciones”.
¿En México también se paga impuesto al viento?
La realidad es que no, pues aunque cada nivel de gobierno tiene atribuciones para establecer obligaciones a esta industria, no hay un impuesto por la generación de energía a través de los parque eólicos.
Aunque sí hay algunos temas por resolver en materia de regulación de las energías renovables como la eólica, ya que el paquete de leyes para energías renovables, de 2008, no tuvo modificación durante la reforma energética.
Además, de ser un tema multisectorial que involucra a las secretarías de Energía, Hacienda, Medio Ambiente y Economía.
En materia de impuestos, Hacienda establece que las empresas deben pagar a la Federación el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuestos Sobre la Renta (ISR) y, en algunos casos, los impuestos a la importación y exportación, pero no impuesto al viento.
En las entidades, los impuestos y derechos que aplican a los proyectos eólicos dependerán de cada legislación local, de acuerdo con Hacienda.
El Contribuyente solicitó a la dependencia cifras de los impuestos que pagan estas empresas. Contestó que no cuenta con esa información debido a que “no existe un rubro específico que permita identificar las contribuciones relacionadas con la industria eólica”.
La Asociación Mexicana de Energía Eólica, explica que las empresas del sector pagan, como cualquier empresa, el IVA y ISR al gobierno federal, el Impuesto Sobre Nómina (ISN) al estado, y el predial y los derechos de construcción y cambio de uso de suelo al ayuntamiento.
A su vez reciben beneficios de Hacienda y Energía, como el arancel cero a equipos que prevengan la contaminación o que se utilicen para investigación y desarrollo tecnológico de este sector, con el propósito de fomentar la inversión en el sector energético.
El artículo 40, fracción XII, de la Ley del ISR también establece la depreciación acelerada para deducir 100% de la inversión total en maquinaria y equipo, siempre que opere durante un periodo mínimo de cinco años. El descuento aplica al hacer la declaración.
Así que aunque aún no tengamos normas muy claras en esta materia podemos agradecer que aún no pagamos un impuesto al viento y si contamos con muchas facilidades para la generación de energía limpia en todas sus formas.